Título de serie: | Personas, 1 | Título : | Identificación de las personas físicas. Estado Civi - Registro de Estado Civil | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Saul D. Cestau, Autor | Editorial: | Fundación de cultura universitaria | Fecha de publicación: | 1986 | Número de páginas: | 143p | Idioma : | Español (spa) | Palabras clave: | [Palabras claves]DERECHO CIVIL
[Palabras claves]PERSONAS JURÍDICAS
[Palabras claves]URUGUAY | Nota de contenido: | "CAPÍTULO I
DE LAS PERSONAS
Generalidades. 1. Elementos esenciales de las relaciones jurídicas. 2. Del orden seguido por el Código Civil al reglamentar los elementos esenciales de las relaciones jurídicas. 3. Etimología de la palabra persona. 4. Concepto de persona. 5. Persona y personalidad. 6. Atributos de la persona. 7. Clases de personas. – Personas físicas. 8. Subdivisión de las personas físicas. 9. Comienzo de la existencia y personalidad de la persona física. 10. Situación jurídica del concebido. 11. Naturaleza y contenido de la protección jurídica del concebido. 12. De las condiciones reclamadas para el comienzo de la personalidad. 13. Si el plazo de veinticuatro horas es independiente de la viabilidad o si simplemente viene a ratificarla. 14. Si los tres requisitos mencionados tienen o no carácter de generalidad. 15. Prueba de los requisitos. 16. Partos dobles o múltiples. 17. Extinción de la personalidad. 18. Extremos que interesan al derecho tratándose de la muerte de la persona. 19. Efectos jurídicos de la muerte. 20. Prueba de la muerte. – Personas jurídicas. 21. Generalidades. 22. Concepto de las personas jurídicas privadas. 23. Antecedentes históricos. 24. Teorías sobre la naturaleza de las personas jurídicas. 25. Teorías de la ficción. 26. Teorías negativas de la personalidad. 27. Teorías de la realidad. 28. De si el Código Civil, en su artículo 21, aparece adherido a alguna de las doctrinas expuestas. 29. Enumeración del artículo 21 del Código Civil. 30. Elementos de las personas jurídicas. 31. Capacidad de las personas jurídicas. 32. Formación de las personas jurídicas. 33. Registro de personas jurídicas. 34. Contralor y extinción de las personas jurídicas 7
CAPÍTULO II
DE LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS
35. Aclaraciones necesarias. 36. De la necesidad de individualizar a las personas. 37. Formación idiomática del nombre. 38. Disposiciones legales que se refieren al nombre. 39. Sentidos con que aparecen usados, entre nosotros, los vocablos nombre y apellido. 40. Comparación, en cuanto a su importancia, entre el nombre y el apellido. 41. De como se determina el apellido. 42. De algunas cuestiones relacionadas con el nombre de pila. 43. Derecho al nombre. 44. Naturaleza jurídica del nombre. 45. Caracteres del nombre. 46 . Protección jurídica del nombre. 47. Cambio de nombre. 48. Cambio debido al uso continuado de otro nombre. 49. Exposición sintética de las opiniones del profesor Francisco del Campo. 50. De un caso relacionado con el uso
del nombre en el ámbito de la Universidad.
CAPÍTULO III
ESTADO CIVIL, REGISTRO DE ESTADO CIVIL, PRUEBAS
Y ACCIONES DE ESTADO CIVIL
Estado Civil. 51. Breve noticia histórica. 52. Doctrinas modernas. 53. Definición legal del estado civil y critica a esta. 54. Concepto legal de estado civil. 55. Medios hábiles a constituir, modificar o extinguir el estado civil. 56. Caracteres del estado civil. 57. Suposición y supresión de estado civil. – Registro de Estado Civil. 58. Antecedentes históricos. 59. Derecho comparado. 60. Evolución habida en nuestro país. 61. Concepto y fundamento del Registro de Estado Civil. 62. Tipos de Registros a distinguir. 63. Caracteres de nuestro Registro de Estado Civil. 64. Organización (secciones que comprende y Oficiales del Registro de Estado Civil). 65. Libros que debe llevar cada Oficial de Estado Civil condiciones exigibles a dichos libros, remisión y reconstrucción de los mismos. 66. Registros especiales para la inscripción de actas y hechos del Estado Civil ocurridos en el extranjero. 67. Reglas relativas a las inscripciones, a su otorgamiento y a su redacción. 68. Inscripciones omitidas. 69. Impugnación de las partidas del Registro de Estado Civil. 70. Rectificación de partidas. 71. Notas marginales. – De las pruebas del estado civil. 72. Generalidades respecto a las pruebas del estado civil y medios de prueba admitidos. 73. Épocas a distinguir al estudiar las pruebas principales del estado civil. 74. Valor probatorio de las partidas y de los testimonios y certificados emanados de ellas. 75. Certificados, testimonios. Copias fotográficas y personas autorizadas a autenticar dichos recaudos. 76. De las partidas parroquiales y de la necesidad de certificarlas, si es que se desea que produzcan determinados efectos. 77. Prueba del estado civil de padre, o madre, o hijo natural. 78. Prueba de la edad. 79. Prueba de los hechos y actos que influyen sobre el estado civil y de los distintos estados civiles. 80. Medios supletorios de prueba del estado civil. 81. Primera prueba supletoria: por otros documentos auténticos 82. Segunda prueba supletoria: declaraciones de testigos que hayan presenciado los hechos constitutivos del estado civil a probarse. 83. Tercera prueba supletoria: la posesión notoria del estado civil a probar. 84. Medio supletorio para la prueba de la edad de las personas. – Acciones de estado civil. 85. Breves noticias de las acciones de estado civil.
APÉNDICE
Ley N° 14.005, trasplante de órganos y tejidos. Se establecen normas para su realización con fines científicos y terapéuticos. Ley Nº 17.668, trasplante de órganos y tejidos. Modificación de la Ley Nº 14.005. Ley 14.762 de 13 de febrero de 1978 fijando las reglas aplicables a la identificación de las personas físicas, de las empresas y de los empresarios. Decreto 501/978, de 28 de agosto de 1978. Se reglamenta la ley 14.762 sobre identificación de las personas físicas, de las empresas y de los empresarios. Ley Nº 17.243. Ley de Urgencia. Normas sobre identificación civil. Ley 13.737 del 9 de enero de 1969, sustituyendo a los Jueces de Paz en sus funciones como Oficiales del Registro Civil. Ley 14.269 de 20 de setiembre de 1974, fijando fecha para que el Registro de Estado Civil a cargo de los Jueces de Paz de Montevideo, pase a funcionar con los Oficiales de Estado Civil y demás personal de dicho Registro. Decreto 950/974 de 26 de noviembre de 1974 disponiendo que a partir del 1º de enero de 1975 el Registro de Estado Civil a cargo de los Jueces de Paz de Montevideo, pase a funcionar con los Oficiales de Estado Civil y demás personal de esa Dirección. Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional. Conclusiones de la Reunión Científica sobre “Eficacia de la sentencia extranjera de divorcio” entre el Instituto de Derecho Procesal y el Instituto de Derecho Internacional Privado. Ley 15.462. Se aprueban normas para la inscripción de nacimientos de personas de filiación ilegítima. Ley N° 15.883. Ley N° 16.170. Proyecto derogatorio del Decreto-ley N° 15.462 de 13 de setiembre de 1983. Proyecto de Ley."
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Personas, 1. Identificación de las personas físicas. Estado Civi - Registro de Estado Civil [texto impreso] / Saul D. Cestau, Autor . - [S.l.] : Fundación de cultura universitaria, 1986 . - 143p. Idioma : Español ( spa) Palabras clave: | [Palabras claves]DERECHO CIVIL
[Palabras claves]PERSONAS JURÍDICAS
[Palabras claves]URUGUAY | Nota de contenido: | "CAPÍTULO I
DE LAS PERSONAS
Generalidades. 1. Elementos esenciales de las relaciones jurídicas. 2. Del orden seguido por el Código Civil al reglamentar los elementos esenciales de las relaciones jurídicas. 3. Etimología de la palabra persona. 4. Concepto de persona. 5. Persona y personalidad. 6. Atributos de la persona. 7. Clases de personas. – Personas físicas. 8. Subdivisión de las personas físicas. 9. Comienzo de la existencia y personalidad de la persona física. 10. Situación jurídica del concebido. 11. Naturaleza y contenido de la protección jurídica del concebido. 12. De las condiciones reclamadas para el comienzo de la personalidad. 13. Si el plazo de veinticuatro horas es independiente de la viabilidad o si simplemente viene a ratificarla. 14. Si los tres requisitos mencionados tienen o no carácter de generalidad. 15. Prueba de los requisitos. 16. Partos dobles o múltiples. 17. Extinción de la personalidad. 18. Extremos que interesan al derecho tratándose de la muerte de la persona. 19. Efectos jurídicos de la muerte. 20. Prueba de la muerte. – Personas jurídicas. 21. Generalidades. 22. Concepto de las personas jurídicas privadas. 23. Antecedentes históricos. 24. Teorías sobre la naturaleza de las personas jurídicas. 25. Teorías de la ficción. 26. Teorías negativas de la personalidad. 27. Teorías de la realidad. 28. De si el Código Civil, en su artículo 21, aparece adherido a alguna de las doctrinas expuestas. 29. Enumeración del artículo 21 del Código Civil. 30. Elementos de las personas jurídicas. 31. Capacidad de las personas jurídicas. 32. Formación de las personas jurídicas. 33. Registro de personas jurídicas. 34. Contralor y extinción de las personas jurídicas 7
CAPÍTULO II
DE LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS
35. Aclaraciones necesarias. 36. De la necesidad de individualizar a las personas. 37. Formación idiomática del nombre. 38. Disposiciones legales que se refieren al nombre. 39. Sentidos con que aparecen usados, entre nosotros, los vocablos nombre y apellido. 40. Comparación, en cuanto a su importancia, entre el nombre y el apellido. 41. De como se determina el apellido. 42. De algunas cuestiones relacionadas con el nombre de pila. 43. Derecho al nombre. 44. Naturaleza jurídica del nombre. 45. Caracteres del nombre. 46 . Protección jurídica del nombre. 47. Cambio de nombre. 48. Cambio debido al uso continuado de otro nombre. 49. Exposición sintética de las opiniones del profesor Francisco del Campo. 50. De un caso relacionado con el uso
del nombre en el ámbito de la Universidad.
CAPÍTULO III
ESTADO CIVIL, REGISTRO DE ESTADO CIVIL, PRUEBAS
Y ACCIONES DE ESTADO CIVIL
Estado Civil. 51. Breve noticia histórica. 52. Doctrinas modernas. 53. Definición legal del estado civil y critica a esta. 54. Concepto legal de estado civil. 55. Medios hábiles a constituir, modificar o extinguir el estado civil. 56. Caracteres del estado civil. 57. Suposición y supresión de estado civil. – Registro de Estado Civil. 58. Antecedentes históricos. 59. Derecho comparado. 60. Evolución habida en nuestro país. 61. Concepto y fundamento del Registro de Estado Civil. 62. Tipos de Registros a distinguir. 63. Caracteres de nuestro Registro de Estado Civil. 64. Organización (secciones que comprende y Oficiales del Registro de Estado Civil). 65. Libros que debe llevar cada Oficial de Estado Civil condiciones exigibles a dichos libros, remisión y reconstrucción de los mismos. 66. Registros especiales para la inscripción de actas y hechos del Estado Civil ocurridos en el extranjero. 67. Reglas relativas a las inscripciones, a su otorgamiento y a su redacción. 68. Inscripciones omitidas. 69. Impugnación de las partidas del Registro de Estado Civil. 70. Rectificación de partidas. 71. Notas marginales. – De las pruebas del estado civil. 72. Generalidades respecto a las pruebas del estado civil y medios de prueba admitidos. 73. Épocas a distinguir al estudiar las pruebas principales del estado civil. 74. Valor probatorio de las partidas y de los testimonios y certificados emanados de ellas. 75. Certificados, testimonios. Copias fotográficas y personas autorizadas a autenticar dichos recaudos. 76. De las partidas parroquiales y de la necesidad de certificarlas, si es que se desea que produzcan determinados efectos. 77. Prueba del estado civil de padre, o madre, o hijo natural. 78. Prueba de la edad. 79. Prueba de los hechos y actos que influyen sobre el estado civil y de los distintos estados civiles. 80. Medios supletorios de prueba del estado civil. 81. Primera prueba supletoria: por otros documentos auténticos 82. Segunda prueba supletoria: declaraciones de testigos que hayan presenciado los hechos constitutivos del estado civil a probarse. 83. Tercera prueba supletoria: la posesión notoria del estado civil a probar. 84. Medio supletorio para la prueba de la edad de las personas. – Acciones de estado civil. 85. Breves noticias de las acciones de estado civil.
APÉNDICE
Ley N° 14.005, trasplante de órganos y tejidos. Se establecen normas para su realización con fines científicos y terapéuticos. Ley Nº 17.668, trasplante de órganos y tejidos. Modificación de la Ley Nº 14.005. Ley 14.762 de 13 de febrero de 1978 fijando las reglas aplicables a la identificación de las personas físicas, de las empresas y de los empresarios. Decreto 501/978, de 28 de agosto de 1978. Se reglamenta la ley 14.762 sobre identificación de las personas físicas, de las empresas y de los empresarios. Ley Nº 17.243. Ley de Urgencia. Normas sobre identificación civil. Ley 13.737 del 9 de enero de 1969, sustituyendo a los Jueces de Paz en sus funciones como Oficiales del Registro Civil. Ley 14.269 de 20 de setiembre de 1974, fijando fecha para que el Registro de Estado Civil a cargo de los Jueces de Paz de Montevideo, pase a funcionar con los Oficiales de Estado Civil y demás personal de dicho Registro. Decreto 950/974 de 26 de noviembre de 1974 disponiendo que a partir del 1º de enero de 1975 el Registro de Estado Civil a cargo de los Jueces de Paz de Montevideo, pase a funcionar con los Oficiales de Estado Civil y demás personal de esa Dirección. Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional. Conclusiones de la Reunión Científica sobre “Eficacia de la sentencia extranjera de divorcio” entre el Instituto de Derecho Procesal y el Instituto de Derecho Internacional Privado. Ley 15.462. Se aprueban normas para la inscripción de nacimientos de personas de filiación ilegítima. Ley N° 15.883. Ley N° 16.170. Proyecto derogatorio del Decreto-ley N° 15.462 de 13 de setiembre de 1983. Proyecto de Ley."
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